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El Consell aprueba un convenio entre los institutos de Enseñanzas Artísticas y de Cultura en materia de colaboración cultural, educativa e investigadora

22/04/2022
- Contempla establecer líneas de cooperación para el desarrollo de programas de formación del personal investigador y del alumnado
- Se acuerda la utilización recíproca de instalaciones y la colaboración y participación en programas, cursos, seminarios y conferencias
- Contempla establecer líneas de cooperación para el desarrollo de programas de formación del personal investigador y del alumnado
- Se acuerda la utilización recíproca de instalaciones y la colaboración y participación en programas, cursos, seminarios y conferencias



El Pleno del Consell ha autorizado la firma de un convenio de colaboración cultural, educativa e investigadora, así como de asistencia mutua, entre el Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana (ISEACV) y el Institut Valencià de Cultura (IVC) por un periodo de cuatro años.

El convenio suscrito supone el compromiso de colaboración entre el ISEACV y el IVC para la realización conjunta de actividades culturales, formativas y de investigación.

Además, contempla establecer líneas de cooperación para el desarrollo de programas de formación del personal investigador y del alumnado matriculado en los centros ISEACV, la utilización recíproca de instalaciones, la colaboración y participación en programas, cursos, seminarios y conferencias dentro del marco de las artes escénicas, musicales y plásticas; y el establecimiento de convenios sobre prestación de servicios de interés mutuo.

Para facilitar la puesta en marcha del convenio se podrán suscribir posteriormente convenios específicos que persigan objetivos concretos. Para ello se presentará un plan de trabajo que incluya las fases de ejecución y cronología en el desarrollo del mismo, normas para la coordinación, ejecución y seguimiento del proyecto, así como los medios materiales y humanos que requiera el programa específico.

El convenio se extenderá por un periodo de cuatro años, renovables y para facilitar su cumplimiento, se constituirá una comisión de seguimiento de carácter paritaria constituida por dos representantes nombrados por las partes de común acuerdo.