Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Aquitectura Bioclimatica

El Consell modifica el decreto de ayudas a soluciones habitacionales a personas vulnerables a través de entidades locales para ampliar los plazos

31/03/2023
  • La modificación del decreto permitirá a las entidades locales disponer de un periodo mayor para ejecutar las ayudas y justificar su destino
  • Se ampliará el plazo hasta el 15 de mayo para presentar la justificación del gasto subvencionado

El Consell ha acordado modificar el Decreto 104/2022, de 5 de agosto, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas para facilitar soluciones habitacionales a personas en situación de especial vulnerabilidad a través de las entidades locales, correspondiente al Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025.

El objeto del nuevo decreto es modificar los plazos contenidos en los artículos 6 y 9 del Decreto 104/2022, aprobado en agosto de 2022.

Concretamente, las entidades locales gozarán de una ampliación en el período de reconocimiento de obligaciones, que se establecerá hasta el 31 de abril de 2023 (anteriormente vencía el 31 de marzo de 2023), y de presentación de la documentación justificativa de la ejecución, que se podrá realizar hasta el 15 de mayo (previo al cambio finalizaba el 30 de abril).

Esta alteración del articulado en el Decreto 104/22 resulta necesaria debido a la situación de emergencia residencial relevante en la actualidad en la Comunitat Valenciana, agudizada por la invasión de Ucrania y consiguiente recepción de personas refugiadas, además de la creciente dificultad existente de los colectivos más desfavorecidos para acceder a una vivienda en alquiler o cesión de uso.

El decreto establece un régimen de ayudas anuales por concesión directa de carácter excepcional y singularizado a ayuntamientos y mancomunidades con la finalidad de que estos faciliten una solución habitacional inmediata a las personas de especial vulnerabilidad.

En este colectivo se encuentran víctimas de violencia de género, de trata con fines de explotación sexual, violencia sexual, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar, asiladas, refugiadas, apátridas, acogidas al régimen de protección temporal, u otros estatutos de protección subsidiaria, y a otras personas especialmente vulnerables.

Según refiere el Decreto 104/2022, el importe máximo de las ayudas es de 8.000.000 euros, correspondiendo 5.000.000 euros al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y 3.000.000 euros a la Generalitat.

Este nuevo decreto producirá efectos desde el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).