Hacienda y Modelo Económico

El Consell recibe el informe de la Intervención General sobre los expedientes de anulación y prescripciones tributarias tramitadas entre 2012 y 2014

29/07/2016
- La IGG recomienda establecer una guía de procedimientos y la implantación de controles de calidad para que los plazos de tramitación no sitúen los expedientes al borde de la prescripción
- Aboga por la implantación de la declaración de caducidad de los procedimientos y de mecanismos que garanticen un registro informático completo, así como la potenciación de la Administración electrónica de forma efectiva
El pleno del Consell ha recibido el informe de la Intervención General de la Generalitat sobre los expedientes de anulación y baja por prescripción de liquidaciones tributarias tramitadas en el periodo entre 2012 y 2014 por las direcciones territoriales de Castellón, Valencia, Alicante y por las oficinas liquidadoras dependientes, en relación al Impuesto de Sucesiones y Donaciones y al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Es la primera vez que la Intervención General de la Generalitat realiza un informe de control sobre la prescripción de liquidaciones tributarias, que se encargó por el Consell en 2014 a raíz de la recomendación de la Inspección General del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Según los datos que figuran en el informe, entre los años 2012 y 2014 se anularon 37.457 liquidaciones tributarias por importe de 322.313.238,29 euros. De ellas, un total de 7.378 liquidaciones fueron anuladas por prescripción alcanzando un importe de 51.281.732,64 euros.

El resto, hasta las 37.457 citadas, responden a diferentes causas, fundamentalmente, a las sentencias del TEAR y del TSJCV que anularon las liquidaciones -anteriores a 2012- realizadas por la Generalitat en aplicación de diferentes sistemas de comprobación de valor de los inmuebles.

Una vez anulada una liquidación, se puede realizar una nueva, pero la Administración tiene un plazo de seis meses; si no se cumple, el procedimiento caduca. Entre otras circunstancias, cabe apuntar también el cambio de criterio de los tribunales en 2013, de forma que pasaron a considerar que los recursos no interrumpían el plazo de prescripción, que es de cuatro años.

El anterior Consell aplicó a lo largo de más de una década unos métodos de comprobación de valores, pese a que éstos eran sistemáticamente rechazados por los jueces en la Comunitat Valenciana.

El informe detalla que el gasto en costas procesales derivado de las masivas anulaciones de liquidaciones por las sentencias del TSJCV en el periodo 2005 a 2015 ha sido de 15.864.064,82 euros.

El documento pone de relieve determinadas ineficiencias en la gestión del área tributaria en el pasado, fundamentalmente en el periodo anterior a 2013 -ese año se dictó la primera orden de comprobación de valores que intentó sin éxito dar una respuesta a la situación-, así como carencias de medios informáticos y de sistemas de control que en gran medida podrían estar también detrás de las citadas ineficiencias.

El Instituto Valenciano de Administración Tributaria (IVAT) va a analizar las diferentes situaciones descritas en el informe en relación con las prescripciones y, al mismo tiempo, va a adoptar medidas para evitar que se produzcan en el futuro.

Así, se ha diseñado un Plan de Actuación para aumentar el control y evitar las prescripciones tributarias, que contempla el establecimiento de un sistema de alarmas informáticas que permitan identificar con la adecuada antelación las liquidaciones con un elevado riesgo de prescripción.

Asimismo, se van a establecer los mecanismos correctores adecuados, superando las carencias informáticas que se heredaron del Ejecutivo anterior.

Potenciar el Departamento de Recaudación

Además, se está ultimando la modificación del decreto de reestructuración del IVAT con el fin de potenciar el Departamento de Recaudación, que presentaba notables debilidades. La intención es dotarle de medios personales y materiales adecuados para poder gestionar de forma más completa y pormenorizada el seguimiento del control de prescripciones y la gestión de los expedientes.

El IVAT está también tomando medidas antes las deficiencias de medios informáticos y sistemas de control que pone de manifiesto el informe, incluido el programa informático de gestión, que no asegura la adecuada calificación, registro y análisis de las prescripciones.

Así, se están poniendo en marcha protocolos de coordinación entre la Agencia Tributaria Valenciana y la Dirección General de Tecnologías de la Información y la Comunicación para solucionar estas carencias informáticas heredadas.

La Intervención General de la Generalitat recomienda, en ese sentido, la implantación de los mecanismos adecuados que garanticen un registro informático completo de las prescripciones.

También pide que se establezcan controles de calidad que aseguren el impulso del procedimiento en plazos razonables, de forma que los plazos de tramitación no coloquen los expedientes al borde de la prescripción. Por ello, insta a fijar una guía de procedimientos que evite trámites ociosos, dilaciones indebidas y prioridades para la tramitación de expedientes.

Asimismo, la IGG insta a implantar la declaración de caducidad del procedimiento en los expedientes, así como la incorporación del correspondiente módulo en la aplicación informática para su registro, de forma que se compruebe automáticamente en caso de caducidad del procedimiento si se ha incurrido o no en prescripción del derecho.

También sugiere la potenciación del expediente electrónico y la formación del personal en la aplicación informática y la guía de procedimientos. Todas estas recomendaciones son las que va a implementar el IVAT para garantizar que estas situaciones se repitan.

Un método de comprobación de valores más seguro

La IGG plantea además la necesidad de establecer un sistema de comprobación de valores de los bienes inmuebles que se adecue a las exigencias del TSJCV o a la doctrina que definitivamente fije el Tribunal Supremo.

Al respecto, el IVAT ya ha empezado a utilizar un nuevo método de valoración de las liquidaciones para adaptarse al criterio de los tribunales de justicia, a partir de la orden 3/2016, de 26 de mayo, publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana el 1 de junio.

De este modo, en caso de discrepancia con el contribuyente las valoraciones se realizan a partir de la visita de un perito. Con ello se ha dejado de dar la espalda al criterio de los tribunales valencianos.

Además, el Instituto Valenciano de Administración Tributaria (IVAT) ha adoptado medidas para impedir que en el futuro se produzca este tipo de incidencias.

Así, se ha diseñado un Plan de Actuación con el fin de aumentar el control y evitar las prescripciones tributarias que contempla el establecimiento de alarmas en torno a las fechas de prescripción y al levantamiento de suspensiones, algo que se considera básico para evitar que en el futuro vuelva a repetirse la situación.

Dos campañas contra el fraude fiscal lanzadas en seis meses

El Consell está firmemente comprometido con la lucha contra el fraude fiscal y la optimización de la gestión tributaria para evitar que dejen de ingresarse recursos que deben ir destinados a la mejora de los servicios públicos de todos los valencianos.

A pesar de la carencia de medios, en los seis primeros meses del año la Generalitat ha lanzados dos campañas para combatir la evasión fiscal, la primera, sobre el impuesto de Patrimonio en el ejercicio de 2012, que ha permitido recuperar 2,12 millones de euros, y la segunda, sobre las operaciones de compraventa, herencias y donaciones no declaradas en el tercer trimestre de 2012, que ha logrado aflorar 720.000 euros en tributos no abonados por unos 600 contribuyentes.

Las campañas han consistido en el cruce de bases de datos, algo que no se hacía en la Generalitat en los últimos 20 años. Los periodos afectados son precisamente aquellos que presentan riesgo de prescripción y, en consecuencia, las actuaciones son más urgentes. El IVAT va a proseguir con estas campañas en los ejercicios 2013, 2014 y 2015.