Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Aquitectura Bioclimatica
Vivienda pública

La Vicepresidencia Segunda consensúa con profesionales de registrado y notaría una norma para favorecer la aplicación del decreto ley de tanteo

11/11/2020
La Vicepresidencia Segunda consensúa con profesionales de registrado y notaría una norma para favorecer la aplicación del decreto ley de tanteo
- Martínez Dalmau se ha reunido con la decana del Colegio de Registradores y con el decano del colegio notarial
- Se pretende favorecer la aplicación y agilizar los procedimientos
- Martínez Dalmau se ha reunido con la decana del Colegio de Registradores y con el decano del colegio notarial
- Se pretende favorecer la aplicación y agilizar los procedimientos



El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Rubén Martínez Dalmau, se ha reunido con la decana del Colegio de Registradores de la Comunitat Valenciana, Begoña Longán, y con el decano del Colegio Notarial de Valencia, Francisco Cantos, para analizar la aplicación del decreto ley para la ampliación de vivienda pública en la Comunidad Valenciana mediante los derechos del tanteo y retracto.

Al término de la reunión, Martínez Dalmau ha manifestado que la Vicepresidencia Segunda ha consensuado con ambos colegios profesionales "una norma que facilite a registradores y notarios la aplicación del Decreto ley "con mayor agilidad".

El vicepresidente ha destacado que "el Decreto ley está siendo una herramienta muy útil para ampliar el parque público de vivienda, tanto el de la Generalitat como de los parques públicos municipales, y queremos ofrecer herramientas que favorezcan, faciliten y mejoren su aplicación".

A este respecto, ha añadido que "el consenso alcanzado hoy con la implicación de los diferentes colectivos involucrados es la expresión de la construcción democrática de la norma y ello demuestra la voluntad de diálogo permanente que tiene el Gobierno del Botánico".

La norma, en forma de circular, "viene a dar respuesta a las dudas interpretativas" surgidas con motivo de la aprobación del Decreto Ley 6/2020, de 5 de junio, del Consell, para la ampliación de vivienda pública en la Comunitat Valenciana mediante los derechos de tanteo y retracto, "de manera que la circular servirá de guía para delimitar su ámbito de aplicación material y temporal", según Dalmau.

Asimismo, en la circular se interpretan aquellos supuestos de transmisiones de edificios y viviendas en que no es necesaria la notificación previa de la persona transmitente ni posterior de la persona adquirente, ni la comunicación por parte de las notarias y notarios ni de las registradoras y los registradores de la propiedad a la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana, por no concurrir los presupuestos fácticos y legales para el ejercicio de los derechos de adquisición preferente regulados en el citado Decreto Ley.

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