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Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Aquitectura Bioclimatica

El Consell aprueba los convenios con las universidades de Alicante y València para realizar prácticas formativas en la Vicepresidencia Segunda

29/12/2020
- La Generalitat financiará las prácticas en la UA con 19.500 euros y en la UV con 31.200 euros
- El objetivo es complementar la formación universitaria del alumnado
- La Generalitat financiará las prácticas en la UA con 19.500 euros y en la UV con 31.200 euros
- El objetivo es complementar la formación universitaria del alumnado



El Consell ha autorizado los convenios que establecen los programas de cooperación educativa para 2021 entre la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, la Universidad de Alicante (UA) y la Universitat de València (UV) para la realización de prácticas formativas y proyectos de fin de carrera por parte de su alumnado, de fin de grado o de fin de máster.

Estas prácticas no tendrán relación laboral y se realizarán en dependencias de la Vicepresidencia Segunda o en centros dependientes, con el objetivo de complementar su formación universitaria.

Los tipos de prácticas formativas que realizará el alumnado de la universidad tendrán que ser prácticas curriculares o extracurriculares.

De este modo, la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática financiará la realización de las prácticas formativas retribuidas de los alumnos de la UV con una cantidad anual de 31.200 euros.

Asimismo, la conselleria destinará 19.500 euros a la UA para la retribución de las prácticas formativas.

La bolsa o ayuda económica del alumnado seleccionado se calculará a razón de una cantidad mensual de 600 euros por dedicación o jornada completa de 09.00 a 14.00 horas.

Esta bolsa o ayuda no incluye los costes ocasionados como consecuencia de la inclusión de las y de los estudiantes en el Régimen General de la Seguridad Social.

El alumnado también podrá realizar prácticas formativas no retribuidas por dicha bolsa o ayuda económica a propuesta del órgano responsable de la universidad.

Los alumnos estarán sujetos al régimen y al horario que se determine bajo la supervisión del tutor o de la tutora que, dentro de la Vicepresidencia Segunda y en estrecha colaboración con el tutor o con la tutora del programa en la universidad, tiene que velar por su formación.

Los horarios, en todo caso, tienen que ser compatibles con la actividad académica, formativa, de representación y participación desarrollada en la entidad educativa.

El periodo de duración de las prácticas curriculares se ajustará al que se especifique en el plan de estudios vigente de cada una de las titulaciones. En el caso de las extracurriculares, tendrán la duración establecida en la normativa reguladora.

El convenio tiene una vigencia de un año, hasta el 31 de diciembre de 2021. Se constituirá una comisión de seguimiento formada por dos miembros de cada institución para supervisarlo.