Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática

El Consell aprueba el decreto por el que se regula la inclusión de cláusulas de Responsabilidad Social en la contratación pública

05/08/2022
  • Se incluirán aspectos éticos, de transparencia y de política social y ambiental en los procedimientos de contratación pública y en el otorgamiento de subvenciones 

El Consell ha aprobado el decreto por el que se regula la inclusión de cláusulas de responsabilidad social en la contratación pública, así como en el otorgamiento de subvenciones en el marco de las competencias de la Generalitat.

El decreto define las cláusulas o criterios de responsabilidad social como aquellos que establecen la inclusión de aspectos éticos, de transparencia y de política social y ambiental, en los procedimientos de contratación pública y en el otorgamiento de subvenciones.

La aprobación de este decreto supone el cumplimiento de la exigencia legal establecida en el artículo 13.4 de la Ley 18/2018 de desarrollar reglamentariamente la inclusión de cláusulas de responsabilidad social y de transparencia en la contratación pública, fruto del acuerdo entre el Consell y las organizaciones sindicales CCOO-PV y UGT-PV, con el fin de garantizar la estabilidad en el empleo y unas decentes condiciones de trabajo. 

Este acuerdo obliga a incluir el mecanismo de subrogación de las personas trabajadoras en caso de cambio de contrata, reflejar en la contratación pública el convenio colectivo sectorial objeto del contrato, y establecer una plantilla mínima y unas horas de trabajo acordes al mantenimiento de la calidad en el servicio público subcontratado.

También se recogen los principios éticos y las reglas de conducta a los que deben adecuar su actividad las empresas o entidades contratistas, y la aplicación de cláusulas de responsabilidad social y de transparencia en las convocatorias de ayudas y subvenciones.

Además, en la adjudicación del contrato, el texto establece criterios de carácter social como la inserción laboral e inclusión social; igualdad de género; calidad laboral; y fomento del empleo autónomo y el cooperativismo.

Por otro lado, se especifican también criterios ambientales como el consumo, la eficiencia y el ahorro energético; los productos ecológicos; las emisiones y contaminación en el uso de vehículos; y la calidad ambiental. Por último, el decreto tiene en cuenta las cuestiones de carácter ético como el respeto a la cadena de producción y el comercio justo.

Respecto a las condiciones especiales de ejecución del contrato, el documento cuenta con un anexo concreto sobre la ejecución de carácter social, haciendo mención a la inserción de personas con riesgo de exclusión en el mercado laboral y de personas con diversidad funcional; la promoción y formación en igualdad de género y la disposición de un Plan de Igualdad; la promoción lingüística de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana; la estabilidad del empleo garantizando al menos un 50% de plantilla indefinida; y medidas hacia la igualdad de las personas LGTBI.

También se tiene en cuenta la ejecución de carácter ambiental con formación en la materia; materiales embalados con productos reciclables; designación de una persona como responsable medioambiental; recogida selectiva de residuos; productos textiles con la Etiqueta Ecológica Europea o equivalente; uso de medios electrónicos y tipos de papel; y medios de transporte y/o maquinaria eficiente.

Además, el decreto establece condiciones especiales de ejecución de carácter ético como los Convenios OIT sobre libertad sindical, trabajo forzoso o edad mínima; los compromisos fiscales contra la evasión fiscal; y los suministros de productos de comercio justo.

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