Detalle nota de prensa - Comunica GVA
La Conselleria de Vivienda publica las ayudas del Bono Joven de alquiler para la edición 2023-24
- El plazo para presentar solicitudes será desde el 2 de mayo hasta el 2 de junio incluido
El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana publica la convocatoria de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, relativa al Bono de Alquiler Joven para la edición 2023-24.
A la dotación inicial de 22,8 millones de euros a cargo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), se incorporarán 30 millones de euros de fondos propios de la Generalitat, tal y como dispone el Decreto ley del Consell aprobado el pasado 14 de abril.En total, se destinarán en total 52 millones de euros.
Como las ayudas se conceden para dos anualidades, se ha previsto destinar para este año un total de 26 millones de euros, y para el año 2024, los restantes 26 millones.
Una vez tramitada la convocatoria de 2022, con el crédito aportado íntegramente por el Gobierno de España a través del MITMA (Plan Estatal de Vivienda 2022-2025), se han podido cubrir 3.910 solicitudes que se corresponden con aquellas que se presentaron entre el 1 y el 15 de junio de 2022, quedándose pendientes 16.700 solicitudes.
El Bono Joven de Alquiler supone una aportación de 250 euros mensuales para las personas jóvenes que no superen los 35 años. Se trata de una ayuda total de 6.000 euros repartida en 24 mensualidades.
La directora general de Emergencia Habitacional, Pura Peris, ha explicado que quienes en 2022 presentaron solicitud y no recibieron la ayuda, sólo tendrán que presentar copia del contrato, volante único de empadronamiento, recibos alquiler o cesión, declaraciones responsables y autorizaciones. Asimismo, ha subrayado que el plazo de solicitud para la nueva convocatoria será de un mes, desde el 2 de mayo hasta el 2 de junio, incluido.
Pura Peris ha recordado que, para acceder a este bono, la persona beneficiaria también podrá recibir esta ayuda en caso de compartir piso. De entre las condiciones ha indicado que deberán tener entre 18 y 35 años incluido, un contrato de trabajo que no le genere más de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y estar empadronado. La vivienda o habitación deberá ser la residencia habitual y permanente durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda.