Detalle nota de prensa - Comunica GVA
El Consell aprueba el decreto de ayudas para facilitar soluciones habitacionales a personas en situación vulnerable a través de las entidades locales
- Las ayudas directas se destinan a mancomunidades y ayuntamientos para que faciliten una solución habitacional inmediata a personas vulnerables
- El importe máximo total destinado para las ayudas alcanza los 9 millones de euros
El Consell ha aprobado el decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas, a través de las entidades locales, destinadas a facilitar soluciones habitacionales a personas en situación de especial vulnerabilidad, correspondiente al Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025.
El objetivo de este decreto consiste en establecer un régimen de ayudas por concesión directa de carácter excepcional y singularizado y su concesión a las entidades locales referidas en el anexo de este procedimiento, con la finalidad de que estas faciliten una solución habitacional inmediata a las personas en especial vulnerabilidad.
Concretamente, las ayudas se dirigen a las personas víctimas de violencia de género; víctimas de trata con fines de explotación sexual y violencia sexual; personas con objeto de desahucio de su vivienda habitual; personas sin hogar, asiladas, refugiadas, apátridas, acogidas al régimen de protección temporal u otros estatutos de protección subsidiaria; y a otras especialmente vulnerables por concurrir las condiciones establecidas en las presentes bases dentro del ámbito de la Comunitat Valenciana.
La cuantía total máxima establecida para las ayudas es de 9 millones de euros para este ejercicio 2023, de los que 4.542.600 euros corresponden al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y 4.457.400 euros son aportados por la Generalitat.
Según dispone el decreto, hasta un 30% del importe total de la subvención será para cubrir la emergencia habitacional de este colectivo de personas y hasta un 70% será destinado para ayudas al pago de alquiler, cesión de uso o disfrute temporal regulado en derecho, en viviendas públicas o privadas o cualquier alojamiento residencial que solucione el problema habitacional.
Criterios de distribución de las ayudas
Se pretende, a través de esta norma, que la distribución de las ayudas atienda al mayor número de municipios y mancomunidades posible de manera proporcional a través de dos factores, como son el porcentaje de la población del municipio respecto al sumatorio de las poblaciones de todos los municipios incluidos en el Catálogo ANHA (áreas de necesidad de vivienda) y necesidad objetiva de vivienda según índice ANHA.
Asimismo, se establece un mínimo de 11.325 euros para todos los municipios resultado de distribuir a partes iguales la cuantía que resulta después de realizar la distribución, con el objetivo de garantizar las emergencias habitacionales posibles durante la anualidad.
La cuantía que se conceda por el ayuntamiento o entidad local se determinará atendiendo a las circunstancias personales de la persona beneficiaria y de conformidad con el informe que emitan los servicios sociales correspondientes.
Esta ayuda será compatible con cualquier otra para el mismo objeto, con la limitación de no sumar mayor importe que el coste y con las limitaciones reguladas en las disposiciones que regulen las otras ayudas.
Las ayudas serán por un plazo de un año y podrán ser aplicadas a los gastos del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.
Para el cobro de las subvenciones, la entidad local beneficiaria deberá presentar un formulario, utilizando el trámite telemático disponible a través de la página web de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática
El plazo para presentar la documentación será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).