Hacienda, Economía y Administración Pública

El Consell colabora con la Agencia Estatal de Administración Tributaria para el suministro de información no tributaria

19/12/2023
  • Se prorroga el convenio de colaboración con la Agenda Estatal Tributaria y se amplía su ámbito de actuación para facilitar información sobre las personas beneficiarias de las ayudas de la Política Agrícola Común 
  • Se incorpora otra información susceptible de ser proporcionada, como es la indicación de la presentación o no de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana

El Consell ha autorizado la suscripción de una adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Generalitat y la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia de suministro de información para finalidades no tributarias por la que se prorroga la vigencia de este acuerdo y se amplía su ámbito de actuación para facilitar la gestión de las ayudas que se conceden a agricultores y agricultoras en el marco del Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común.

A través de esta adenda, se prorroga por cuatro años, contados a partir del plazo de finalización de su vigencia, el convenio firmado en febrero de 2020 que regula el marco general de colaboración para la cesión de información de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la Generalitat.

Este convenio permite a la Generalitat disponer de la información que precisa para el ejercicio de sus funciones de forma ágil, mediante la utilización de los medios materiales y humanos ya existentes en ambas administraciones públicas y, por tanto, sin que su aplicación implique aumento de costes para ninguna de ellas.

La nueva adenda facilitará que la Generalitat pueda contar con la información procedente de la Agencia Tributaria que resulta necesaria para la gestión de las ayudas relacionadas con la Política Agrícola Común (PAC) y, en concreto, con el cumplimiento del requisito de la profesional de la agricultura en activo.

El Real Decreto1048/2022, que regula estos pagos, establece que, para que un agricultor o agricultora adquiera la condición de activo/a es necesario que se cumpla al menos una de las siguientes condiciones: que figure de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por el ejercicio de la actividad agraria (con incorporación o no en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios establecido en dicho régimen), o bien, que una parte significativa de sus ingresos totales procedan de la actividad agraria.

En ese sentido, de acuerdo con el citado real decreto, se considera que, con carácter general, una parte significativa de los ingresos proceden de la actividad agraria cuando el 25 % o más de sus ingresos totales son ingresos agrarios en el periodo impositivo disponible más reciente. De ahí que, para verificar el cumplimiento de la condición de profesional de la agricultura activo o activa, pueda ser necesario que la Agencia Estatal Tributaria facilite información con trascendencia tributaria a la Generalitat.

Se incorpora en la nueva adenda otra información susceptible de ser proporcionada, como es la indicación de la presentación o no de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio en el ámbito territorial de la Comunitat Valencian

Asimismo, en virtud de este acuerdo, para poder realizar el control posterior de las ayudas concedidas por la Generalitat, la Agencia Tributaria pone a disposición determinada información al amparo de lo previsto en el artículo 95.1.d) de la Ley General Tributaria. Este artículo prevé, como excepción al carácter reservado de los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración tributaria, la colaboración con las administraciones públicas para la prevención y lucha contra el fraude en la obtención o percepción de ayudas o subvenciones a cargo de fondos públicos o de la Unión Europea.

La adenda incorpora además otras modificaciones, entre ellas las que actualizan cuestiones sobre tratamiento de datos de carácter personal para adaptarse a cambios normativos.

La firma de este acuerdo se enmarca dentro de la voluntad de la Generalitat de impulsar medidas que conlleven mejorar la eficiencia de la gestión pública y facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, así como favorecer los principios generales de eficacia y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales por la aplicación del sistema tributario.