Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

El Consell es informado sobre el inicio del procedimiento que regulará las ayudas para el fomento de alojamientos ‘cohousing’ para personas mayores

23/01/2024
  • La cuantía total máxima de las ayudas para el ejercicio 2024 será de 6.540.000 euros
  • Las residencias ‘cohousing’ comparten espacios comunes con alojamientos totalmente independientes 

El Consell ha sido informado del inicio del procedimiento de elaboración de la orden de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda para la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para el fomento de alojamientos y viviendas, a través del modelo ‘cohousing’, para personas mayores. 

Estas ayudas están reguladas por el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025, que incluye el programa de alojamientos temporales, a través de ‘cohousing’, con el objetivo de incrementar la oferta de vivienda en alquiler asequible o social tanto en entornos urbanos como en rurales. 

La Generalitat, dentro de su estrategia para el fomento de las medidas para posibilitar el acceso a la vivienda y con el objetivo de contribuir a la creación de un mercado del alquiler más amplio, incorpora subvenciones, complementarias a las del Ministerio, para personas usuarias mayores de 65 años que se encuentran en determinadas circunstancias de vulnerabilidad.

Por ello, y para instrumentar estas ayudas, la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, ha iniciado el procedimiento, del que el Consell ha sido informado, para la aprobación de las bases reguladoras y convocatoria prevista para el ejercicio 2024. 

Debido a la especialidad y complejidad que requiere la aprobación de las subvenciones, será necesaria la aprobación conjunta de las bases y la convocatoria, lo que contribuirá a no demorar el procedimiento. 

La cuantía total máxima de estas ayudas para el ejercicio 2024 será de 6.540.000 euros, de los que 4.360.000 euros corresponden a la aportación del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y 2.180.000 euros a la Generalitat, y tendrán carácter de gasto plurianual.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concurrencia competitiva y podrán beneficiarse y, por tanto, ser solicitantes de las ayudas las personas físicas mayores de edad; las administraciones públicas, los organismos públicos y demás entidades de derecho público y privado, así como las empresas públicas, privadas y público-privadas.

También podrán acceder a las subvenciones las fundaciones, las empresas de economía social y sus asociaciones, las cooperativas, incluidas las de autopromoción o autoconstrucción, las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones declaradas de utilidad pública y entidades sin ánimo de lucro. 

Las ayudas se destinarán a la creación de unidades residenciales tipo ‘cohousing’ de nueva construcción o rehabilitadas. Los promotores de dichas actuaciones podrán recibir de hasta el 75 % de la inversión, 630 euros por metro cuadrado o 75.000 euros por unidad residencial, entre las ayudas procedentes del Ministerio y de la Generaliat. 

Modalidades residenciales tipo ‘cohousing’

Las modalidades residenciales tipo ‘cohousing’ hacen referencia a un modelo de convivencia en el que sus integrantes comparten espacios comunes, pero tienen al mismo tiempo alojamientos o viviendas totalmente independientes en los que es posible tener una privacidad total.

Por tanto, las residencias que optarán a estas ayudas deben ser coherentes con el concepto de ‘cohousing’ y tener, como mínimo, un 10 % de la superficie de espacios comunes de interrelación, calificación energética A, ser accesibles, y cederse en uso o alquilarse a unidades de convivencia formadas por personas de, al menos, 65 años que en conjunto no cobren más de 5 veces el valor del IPREM, durante un plazo mínimo de 20 años. 

El precio del alquiler o de la cesión en uso de las unidades residenciales será proporcional a su superficie útil y no podrá superar el importe de 7,50 euros mensuales por metro cuadrado de superficie útil de unidades residenciales.

Para la concesión se tendrán en cuenta criterios de selección objetivos: necesidad de vivienda del municipio, riesgo de despoblación, porcentaje de unidades residenciales accesibles, porcentaje de viviendas de protección pública, incremento del plazo mínimo de 20 años de cesión en uso o alquiler, propuestas innovadoras y madurez de la propuesta.