Detalle nota de prensa - Comunica GVA
Agricultura abre a consulta pública la elaboración de las ayudas a inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios
- La nueva norma responde a la necesidad de incrementar la competitividad y sostenibilidad social, económica y medioambiental de pequeñas y medianas empresas agroalimentarias
- Fomenta nuevos procesos menos costosos y productos de mayor calidad, más seguros y de mayor valor añadido, la diversificación de cadenas de distribución cortas y mercados de proximidad
La Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca abre el periodo de consulta pública para la elaboración de la orden de bases de ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agroalimentarios, en el marco del Plan Estratégico de la PAC en la Comunitat Valenciana para el periodo 2023-2027.
Esta norma da respuesta a la necesidad de incrementar la competitividad y sostenibilidad social, económica y medioambiental a largo plazo de las empresas transformadoras y comercializadoras agrarias y agroalimentarias, especialmente de las pequeñas instalaciones de transformación y comercialización.
Se fomentan nuevos procesos menos costosos y productos de mayor calidad, más seguros y de mayor valor añadido, la diversificación de los canales de comercialización en relación con cadenas de distribución cortas y mercados de proximidad.
Además, contempla el desarrollo de las zonas rurales con la promoción del empleo, el crecimiento, la inclusión social y el desarrollo local, incluyendo la bioeconomía y la silvicultura sostenible.
En concreto, las ayudas se refieren a inversiones para la transformación y comercialización y/o desarrollo de productos productos agrícolas y los alimentarios.
El importe mínimo de la ayuda será del 30 % de la inversión que resulte auxiliable, y podrá incrementarse según factores, como en operaciones vinculadas a fusiones o procesos de integración empresarial que incrementen la capacidad de penetración en el mercado de la entidad resultante de la fusión. También si el solicitante es pequeña empresa o microempresa y si el solicitante es microempresa, ubicada en alguno de los municipios clasificados Zonas Rurales LEADER.
Las alegaciones, sugerencias u observaciones al documento, publicado en el DOGV se pueden realizar en el portal de participación de la Generalitat.