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El Consell autoriza el convenio tipo de colaboración para asistir a los ayuntamientos en la gestión de obras de reconstrucción tras la riada
- Un equipo técnico especializado conformado por la Vicepresidencia Segunda apoyará a los consistorios en la realización de trámites administrativos y técnicos para la reparación de infraestructuras
- A partir de este momento, los 28 consistorios que han solicitado esta asistencia podrán suscribir sus acuerdos de colaboración individualizados
El Consell ha aprobado un convenio tipo de colaboración por el que la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Recuperación Económica y Social de la Comunitat Valenciana asistirá a diferentes ayuntamientos afectados por la riada en la realización de tareas técnicas y de gestión para la ejecución de obras de reparación y restitución de infraestructuras, equipamientos, instalaciones y servicios municipales.
Asimismo, el Consell ha autorizado también a la Vicepresidencia Segunda a suscribir, en base al convenio tipo aprobado, los convenios individualizados con los 28 ayuntamientos que han solicitado esta asistencia.
El objetivo de la Generalitat es prestar a los consistorios una atención técnica y administrativa que agilice la ejecución de obras y la gestión de ayudas para lograr cuanto antes la plena recuperación y reconstrucción de las zonas afectadas y restablecer la normalidad en todos los ámbitos.
Los 28 municipios que han solicitado la asistencia técnica de la Generalitat son: Albal, Alborache, Alginet, Benetússer, Beniparrell, Bugarra, Buñol, Camporrobles, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Chera, Chiva, Gestalgar, l'Alcúdia, Loriguilla, Macastre, Massanassa, Polinyà de Xúquer, Requena, Riba-roja de Túria, Sedaví, Silla, Sot de Chera, Sueca, Turís, Utiel, Vilamarxant y Xirivella.
Características de los convenios
El periodo máximo de vigencia de los convenios de colaboración será de un año, con posibilidad de prórroga. Durante este tiempo, y con el fin de velar por el cumplimiento de los objetivos establecidos en los acuerdos, se constituirá una comisión de seguimiento y control.
En los convenios de colaboración se usará la fórmula de encomienda de gestión, instrumento jurídico mediante el cual un órgano administrativo, en este caso un ayuntamiento, puede encomendar a otro órgano de la misma o distinta Administración, en este caso a la Vicepresidencia Segunda, la realización de actividades de carácter material o técnico, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.
Desde la Vicepresidencia Segunda se considera que la gravedad de los daños personales y materiales causados por la riada y la insuficiencia de medios de muchos ayuntamientos, exige una inmediata y coordinada actuación por parte de Generalitat, siendo para ello necesario implementar las medidas extraordinarias para disponer de los instrumentos adecuados y necesarios.
Esta acción se sustenta en los principios de lealtad institucional, cooperación, colaboración y eficiencia en la gestión de los recursos públicos que deben presidir las relaciones interadministrativas dentro del necesario proceso de recuperación que se está llevan a cabo en las zonas afectadas por la dana.