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El Consell aprueba nuevos grupos salariales para el personal al servicio de la Administración de Justicia
- El objetivo es ajustar los salarios a determinadas relaciones de puestos de trabajo derivadas de la implantación de la nueva oficina judicial
El Consell ha aprobado nuevos grupos salariales de aplicación al personal al servicio de la Administración de Justicia cuya gestión corresponde a la Generalitat para ajustarlos a determinadas relaciones de puestos de trabajo (RPT) derivadas de la implantación de la nueva oficina judicial.
En concreto, con la aprobación de este acuerdo se pretende reemplazar los grupos salariales aprobados en el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Justicia de 29 de abril de 2008 de mejora de las condiciones de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Vinaròs, Sagunto, Massamagrell, Elda, Ibi, Alcoy, Villena, Ontinyent, Requena y Llíria, que se ocupan no solamente de la tramitación de las causas correspondientes a los órdenes jurisdiccionales civil y/o penal, sino que además, asumen la competencia para la instrucción, y, en su caso, fallo de las causas penales en materia de violencia sobre la mujer, adopción de medidas de protección y demás causas civiles relacionadas.
Desde el año 2003 se estableció que mientras no se aprobara la RPT, los funcionarios percibirían un complemento autonómico transitorio (CAT).
El proceso de implementación de la nueva oficina judicial que se inició en el año 2017 supuso que determinados órganos judiciales contaran con relaciones de puestos de trabajo. Su aprobación requirió la creación de nuevos grupos salariales que, hasta este año 2025, han convivido con los existentes para las retribuciones de los órganos judiciales que no contaban con su propia relación de puestos sino con plantillas.
Con la implantación definitiva de la nueva estructura judicial y la aprobación de las distintas relaciones de puestos de trabajo de los nuevos órganos judiciales, las plantillas existentes quedarán sin efecto. Por este motivo es necesario suprimir progresivamente el régimen retributivo vigente conforme a las plantillas existentes y a los grupos salariales, y la aprobación de nuevos grupos salariales.