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Justicia, Transparencia y Participación

El Consell autoriza un convenio para realizar prácticas en juzgados y tribunales para alumnos del CEU

25/06/2025
  • Las prácticas externas servirán para formar profesionales que puedan colaborar o dar servicio a la Administración de Justicia
València.

El Pleno del Consell ha autorizado la suscripción de un convenio entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y la Universidad CEU Cardenal Herrera para permitir la realización de prácticas del alumnado en juzgados y tribunales de la Comunitat Valenciana.

El objeto del convenio es la realización de prácticas externas por el alumnado matriculado en la asignatura de Prácticas Académicas, de estudios oficiales de grado o máster que imparte la Universidad Cardenal Herrera-CEU y siempre de titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia.

La Generalitat, a través de la Conselleria de Justicia y Administración Pública, se compromete a permitir la realización de las prácticas externas, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y tribunales.  La colaboración estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen.

De esta manera, la finalidad principal que se persigue con la suscripción de este convenio es que los estudiantes que realicen sus prácticas formativas en los distintos Órganos Judiciales de la Comunitat Valenciana tengan mayor acceso y conocimiento de los Tribunales de Justicia, de tal forma que puedan obtener una mayor información sobre los diferentes trámites judiciales que tienen lugar en el procedimiento hasta desembocar finalmente en una resolución judicial. Todo ello, con el objetivo de formar profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de Justicia, lo que puede redundar en una mayor calidad de la prestación de este servicio a la ciudadanía.

Dado el carácter estrictamente académico y formativo de las prácticas, de su realización no se derivan, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puesto de trabajo.

El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para ninguna de las partes y tendrá una duración inicial de cuatro años, con posibilidad de prórroga.