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Sanidad

El Consell habilita programas específicos de productividad para atender necesidades coyunturales de la actividad asistencial y preventiva

09/01/2026
  • El acuerdo del Consell recoge las condiciones de participación y retribuciones del personal del sistema de salud que participa de forma voluntaria y fuera de la jornada ordinaria y de atención continuada
  • Será imprescindible haber cumplido previamente los objetivos de accesibilidad, calidad y eficiencia en la actividad ordinaria para participar en estos programas

El Consell ha aprobado el acuerdo por el que se habilitan los programas específicos de productividad, dirigidos a reforzar de forma puntual la capacidad asistencial del sistema sanitario público valenciano, en respuesta a incrementos coyunturales de la demanda o a dificultades temporales para cubrir puestos de trabajo en determinados centros de salud o unidades especializadas.

El acuerdo, que contempla hasta 55 millones de euros para el año 2026, establece las condiciones de participación del personal que voluntariamente acceda, fuera de su jornada ordinaria y de atención continuada.

Asimismo, determina la naturaleza de las actividades que incluye, el personal que podrá participar, tanto estatutario como funcionarial, la dotación presupuestaria y la cuantía del complemento de productividad que las retribuye en función de la actividad y categoría profesional.

La actividad asistencial adicional que pueden llevar a cabo los profesionales del sistema sanitario se desarrolla a través de módulos de refuerzo o de sustitución en los centros sanitarios que tienen una duración de entre 2 y 4 horas, o, en el caso de la actividad quirúrgica, mediante sesiones con duración mínima de 3 horas y máxima de 5.

En este sentido, cabe recordar que la Conselleria de Sanidad estableció una serie de criterios de participación y reagrupó todos los programas de productividad en un mismo acuerdo para responder a la demanda asistencial y preventiva en el sistema público de la sanidad valenciana.

El acuerdo contempla la inclusión de programas en el ámbito de la asistencia sanitaria tanto en la Atención Primaria como en la Hospitalaria, así como en los servicios de Inspección Sanitaria y de Salud Pública.

Cumplimiento de objetivos

Para participar en estos programas será imprescindible haber cumplido previamente los objetivos de accesibilidad, calidad y eficiencia en la actividad ordinaria.

La participación se retribuirá como complemento de productividad, con cuantías diferenciadas según la categoría profesional, el tipo de actividad y el horario de realización (laborable, nocturno o festivo).

La aprobación y atribución de estos programas corresponde a la Secretaría Autonómica de Sanidad o, en su caso, a la Subsecretaría de la Conselleria de Sanidad, quienes también pueden revocar o suspender su aplicación en caso de falta de justificación o resultados no satisfactorios. El seguimiento técnico lo ejerce la dirección de cada departamento, y existe una comisión paritaria de seguimiento con representación sindical y administrativa que analiza su funcionamiento y efectividad.

Asimismo, la Dirección General competente en materia de información sanitaria, calidad y evaluación será la encargada de registrar, monitorizar y auditar los informes trimestrales remitidos por las gerencias, así como de evaluar el impacto y continuidad de los programas, asegurando que su desarrollo se alinea con los criterios de eficacia y calidad asistencial definidos por la Conselleria de Sanidad.

Con esta medida, el Consell refuerza su compromiso con una sanidad pública más flexible, resolutiva y capaz de adaptarse a las necesidades reales del sistema valenciano de salud.