Educació, Cultura i Esport

El Consell promueve la colaboración entre el Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas y la Universitat de València para desarrollar actividades conjuntas

15/07/2016
- Ambas instituciones colaborarán en proyectos formativos en enseñanzas musicales, las artes escénicas, la cerámica y el diseño
- Se pretende favorecer la transferencia del conocimiento artístico y la organización conjunta de actividades de extensión cultura
El Pleno del Consell ha aprobado un protocolo para establecer un marco general de colaboración entre la Universitat de València y el Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana (ISEACV), con el fin de impulsar y coordinar la puesta en marcha de actividades docentes e investigadoras de interés común en el ámbito de la música, las artes escénicas, la cerámica y el diseño.

La UV y el ISEACV establecen, mediante este protocolo general de colaboración, impulsar y coordinar la puesta en marcha de este tipo de acciones conjuntas con la finalidad de facilitar la transferencia del conocimiento artístico al servicio de la cultura y el desarrollo económico dentro y fuera de la Comunitat Valenciana.

Para el desarrollo del protocolo general, el ISEACV y la UV suscribirán convenios específicos elaborados de común acuerdo, en los que se concretarán el objeto de la colaboración, el plan de trabajo, los participantes y la financiación.

Entre las actividades que están previstas en este protocolo está fomentar la colaboración entre las dos entidades en proyectos formativos de interés común, promocionar estudios de postgrado, desarrollar proyectos de investigación, impulsar la colaboración para facilitar la valoración y transferencia del conocimiento artístico, promover el acceso a los recursos e instalaciones entre ambas instituciones, la organización de actividades de extensión cultural, así como otras actividades acordadas entre ambas partes.

Para el análisis y seguimiento de cada actuación desarrollada mediante estos convenios específicos, se creará, cuando resulte pertinente, una comisión mixta de seguimiento. El protocolo general, que será efectivo desde la fecha de la firma, tendrá una vigencia de cuatro años, prorrogables por periodos de igual duración mediante acuerdo expreso de las partes.