Detalle nota de prensa - Comunica GVA
Innovació, Universitats, Ciència i Societat Digital
DOGV
Universidades informa sobre el procedimiento y las medidas de adaptación de las pruebas de acceso a la universidad
29/12/2020
- Los interesados podrán presentar las solicitudes del 11 al 22 de enero de 2021
- El objetivo es eliminar las barreras que limitan el acceso y garantizar la igualdad de oportunidades desde los principios de calidad, equidad y accesibilidad universal y sin renunciar al mérito y capacidad
- El objetivo es eliminar las barreras que limitan el acceso y garantizar la igualdad de oportunidades desde los principios de calidad, equidad y accesibilidad universal y sin renunciar al mérito y capacidad
- Los interesados podrán presentar las solicitudes del 11 al 22 de enero de 2021
- El objetivo es eliminar las barreras que limitan el acceso y garantizar la igualdad de oportunidades desde los principios de calidad, equidad y accesibilidad universal y sin renunciar al mérito y capacidad
La Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital y la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte han publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana las instrucciones para la organización del procedimiento y las medidas de adaptación en las pruebas de acceso a las universidades públicas valencianas para el alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo educativo.
Puede solicitar esta adaptación el alumnado que vaya a presentarse a las pruebas de acceso y curse estudios de segundo de Bachillerato o disponga de un título de Grado Superior de Formación Profesional; las personas que se matriculen en la modalidad de mayores de 25, 40 y 45 años; los alumnos que cursen estudios en otros sistemas educativos o presenten titulaciones que permitan su participación en las pruebas de acceso a la universidad; las personas que se presenten teniendo anteriormente aprobadas las pruebas. Todos ellos deberán acreditar necesidades específicas de apoyo educativo.
Se considera alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo aquel que ha sido así identificado por un servicio especializado de orientación y presente discapacidad auditiva; discapacidad visual; discapacidad motriz; trastorno grave de conducta; trastorno mental grave; trastornos del espectro del autismo (TEA); otros trastornos del desarrollo neurológico; dificultades específicas de aprendizaje; trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH); trastornos de la comunicación, el lenguaje y el habla; o trastornos asociados a causa orgánica o fisiológica.
Para todas las personas participantes en las pruebas de acceso, especialmente para aquellas con movilidad reducida o limitaciones sensoriales, se garantizarán las condiciones de accesibilidad en los accesos y en las dependencias de los espacios donde se desarrollen las pruebas.
Asimismo y vinculado a las necesidades del alumnado, se pueden solicitar las adaptaciones individuales siguientes: adaptaciones en el formato de la prueba; adecuación de los criterios de evaluación; adaptaciones de tiempo y espacios; tecnologías de la información y la comunicación; mobiliario adaptado; así como personal de apoyo.
Presentación de solicitudes
Los alumnos interesados en solicitar medidas de adaptación para las pruebas deberán remitir las peticiones desde el 11 hasta el 22 de enero.
Los estudiantes de segundo curso de Bachillerato lo harán en la secretaría del centro donde están cursando sus estudios; las personas con el título de Formación Profesional de grado superior deberán presentar la petición en el centro donde realizaron el depósito del título; los que se presenten a las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25, 40 o 45 años o con titulaciones que permitan la participación en estas pruebas, deberán presentar las solicitudes en el servicio psicopedagógico escolar (SPE) más próximo a su domicilio; y las personas que ya se hayan presentado a las pruebas en el curso anterior y opten por presentarse de nuevo este curso, deberán hacer la solicitud en el mismo centro en que la hicieron en su momento.
Una vez recibidas las peticiones de adaptación, el departamento de orientación del centro educativo receptor o el servicio psicopedagógico escolar, realizará el informe sociopsicopedagógico, donde se identificarán las necesidades específicas de apoyo educativo y se especificará el grado de apoyo.
El centro receptor remitirá las solicitudes, junto con la documentación acreditativa, a las universidades que serán las encargadas de enviarlas a la Subcomisión de apoyo educativo, que procederá a valorar y emitir las resoluciones provisionales y definitivas de adaptación.
Las adaptaciones concedidas serán de aplicación exclusiva para las pruebas de acceso a la universidad convocadas en el año en que se haya emitido la resolución individual de adaptación. Además, la concesión de adaptaciones no garantiza que se concedan dichas adaptaciones en el grado universitario al que se acceda.
Objetivo conjunto de Universidades y Educación
El objetivo de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital y de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte es establecer un procedimiento que tenga en cuenta la situación de las personas con necesidades específicas de apoyo educativo y elimine las barreras que limitan el acceso y garantice así la igualdad de oportunidades, siempre desde los principios de calidad, equidad y accesibilidad universal y sin renunciar al mérito y capacidad.
Hay que destacar también que estás instrucciones han sido consensuadas con representantes de las universidades públicas valencianas. Asimismo, se ha consultado a las asociaciones representativas implicadas y han sido negociadas en la mesa sectorial de educación.
- El objetivo es eliminar las barreras que limitan el acceso y garantizar la igualdad de oportunidades desde los principios de calidad, equidad y accesibilidad universal y sin renunciar al mérito y capacidad
La Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital y la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte han publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana las instrucciones para la organización del procedimiento y las medidas de adaptación en las pruebas de acceso a las universidades públicas valencianas para el alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo educativo.
Puede solicitar esta adaptación el alumnado que vaya a presentarse a las pruebas de acceso y curse estudios de segundo de Bachillerato o disponga de un título de Grado Superior de Formación Profesional; las personas que se matriculen en la modalidad de mayores de 25, 40 y 45 años; los alumnos que cursen estudios en otros sistemas educativos o presenten titulaciones que permitan su participación en las pruebas de acceso a la universidad; las personas que se presenten teniendo anteriormente aprobadas las pruebas. Todos ellos deberán acreditar necesidades específicas de apoyo educativo.
Se considera alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo aquel que ha sido así identificado por un servicio especializado de orientación y presente discapacidad auditiva; discapacidad visual; discapacidad motriz; trastorno grave de conducta; trastorno mental grave; trastornos del espectro del autismo (TEA); otros trastornos del desarrollo neurológico; dificultades específicas de aprendizaje; trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH); trastornos de la comunicación, el lenguaje y el habla; o trastornos asociados a causa orgánica o fisiológica.
Para todas las personas participantes en las pruebas de acceso, especialmente para aquellas con movilidad reducida o limitaciones sensoriales, se garantizarán las condiciones de accesibilidad en los accesos y en las dependencias de los espacios donde se desarrollen las pruebas.
Asimismo y vinculado a las necesidades del alumnado, se pueden solicitar las adaptaciones individuales siguientes: adaptaciones en el formato de la prueba; adecuación de los criterios de evaluación; adaptaciones de tiempo y espacios; tecnologías de la información y la comunicación; mobiliario adaptado; así como personal de apoyo.
Presentación de solicitudes
Los alumnos interesados en solicitar medidas de adaptación para las pruebas deberán remitir las peticiones desde el 11 hasta el 22 de enero.
Los estudiantes de segundo curso de Bachillerato lo harán en la secretaría del centro donde están cursando sus estudios; las personas con el título de Formación Profesional de grado superior deberán presentar la petición en el centro donde realizaron el depósito del título; los que se presenten a las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25, 40 o 45 años o con titulaciones que permitan la participación en estas pruebas, deberán presentar las solicitudes en el servicio psicopedagógico escolar (SPE) más próximo a su domicilio; y las personas que ya se hayan presentado a las pruebas en el curso anterior y opten por presentarse de nuevo este curso, deberán hacer la solicitud en el mismo centro en que la hicieron en su momento.
Una vez recibidas las peticiones de adaptación, el departamento de orientación del centro educativo receptor o el servicio psicopedagógico escolar, realizará el informe sociopsicopedagógico, donde se identificarán las necesidades específicas de apoyo educativo y se especificará el grado de apoyo.
El centro receptor remitirá las solicitudes, junto con la documentación acreditativa, a las universidades que serán las encargadas de enviarlas a la Subcomisión de apoyo educativo, que procederá a valorar y emitir las resoluciones provisionales y definitivas de adaptación.
Las adaptaciones concedidas serán de aplicación exclusiva para las pruebas de acceso a la universidad convocadas en el año en que se haya emitido la resolución individual de adaptación. Además, la concesión de adaptaciones no garantiza que se concedan dichas adaptaciones en el grado universitario al que se acceda.
Objetivo conjunto de Universidades y Educación
El objetivo de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital y de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte es establecer un procedimiento que tenga en cuenta la situación de las personas con necesidades específicas de apoyo educativo y elimine las barreras que limitan el acceso y garantice así la igualdad de oportunidades, siempre desde los principios de calidad, equidad y accesibilidad universal y sin renunciar al mérito y capacidad.
Hay que destacar también que estás instrucciones han sido consensuadas con representantes de las universidades públicas valencianas. Asimismo, se ha consultado a las asociaciones representativas implicadas y han sido negociadas en la mesa sectorial de educación.